El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del artículo 49 de la Constitución Española. Se cambia el término disminuido por el de Personas con Discapacidad, a petición de las propias personas.
Esto no solo significa un cambio en terminología sino que en el artículo reconoce los derechos de las personas con discapacidad, dejando atrás el modelo asistencial para garantizar la autonomía, la inclusión y la libre elección, en definitiva, una vida en comunidad.